ArcelorMittal ofrece que la indemnización del ERE se calcule como el contrato relevo

La empresa plantea prorrogar las ayudas previas al trabajador que a los 65 años no tenga aún derecho al 100% de la pensión

Panorámica de ArcelorMittal.

Panorámica de ArcelorMittal. / Ángel González

La dirección de ArcelorMittal planteó ayer a los sindicatos que el expediente de regulación de empleo (ERE) que se está negociando para dar salida a 124 trabajadores (111 en Asturias) de los nacidos en 1962, utilizará como fórmula de cálculo el mismo que se aplica para el contrato relevo, con la garantía –ya anunciada semanas atrás– del 80% del salario bruto anual del último año trabajado. Si el trabajador no tuviese a los 65 años de edad los años cotizados suficientes para tener derecho al 100% de su pensión, este periodo se podría prorrogar y seguir en ayudas previas hasta que alcancen ese porcentaje. La salida de los otros 49 trabajadores nacidos en 1962 (40 de ellos en Asturias) saldrán de la empresa por la vía del contrato relevo.

Propuestas de UGT.

La dirección de la compañía siderúrgica se comprometió ayer a dar respuesta a las peticiones formuladas por el sindicato UGT FICA previo análisis de su impacto económico.

Entre las medidas de acompañamiento socioeconómicas planteadas por UGT figuran la posibilidad de cobrar la indemnización en un único pago, opción de cobrar la indemnización prorrateada (y en este supuesto y en el caso de fallecer el beneficiario) el abono de la indemnización pendiente a los herederos, subida salarial del complemento de la empresa con los incrementos salariales del convenio colectivo vigente, que la garantía del 80% del salario bruto incluya todos los conceptos y pluses, cobertura de gastos médicos y farmacéuticos hasta la edad de jubilación y coberturas de seguros para el personal de la norma del 74, abono del complemento de ahorro de personal a los trabajadores de contrato individual, coberturas de seguro colectivo al personal de convenio, ayudas al estudio igual que si se estuviera con contrato relevo y otras.

También se reclama que los trabajadores que se acojan al contrato relevo tengan las mismas condiciones que lo que salieron en el pasado por esta vía, abono del premio de vinculación hasta la edad de jubilación, computar la retribución en especie (seguros) como salario para el cálculo del 80% del bruto, salida del personal de 1962 a la firma del acuerdo, mantener las coberturas de los planes de pesiones y que los trabajadores con segunda actividad puedan cobrar las ayudas previas desde el primer día de salida.

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