La desconocida cantidad que tienes que declarar en la Renta cuando haces un Bizum: "500 euros"
Un dato que pilla por sorpresa a miles de ciudadanos
En el siglo XXI todas las cosas cotidianas que considerábamos inamovibles han cambiado. La mayoría de las relaciones se tejen y refuerzan a través de las redes sociales, la información se obtiene en unos segundos gracias a Internet y la materialidad tiene cada vez menos cabida en comparación con la nube. Son nuevas cuestiones que mantienen al mundo dividido. Los hay que nacieron con un ‘smarthpone’ bajo el brazo y no tienen ningún tipo de dificultad aunque, por otro lado, están a los que las nuevas tecnologías les han pillado de sorpresa y les cuesta adaptarse. Para ellos, los métodos clásicos siguen en funcionamiento, pese a que algunos de ellos comiencen a desaparecer.
El gesto de pago en efectivo es sujeto continuamente de noticias, titulares y debates. Y es que parece que cada vez es más complicado encontrar a alguien que para pagar haga el amago de sacar incluso la cartera. En el móvil lo tenemos todo, hasta la tarjeta. Si se te olvida la tarjeta en casa -problemas de documentación aparte- ya no existe excusa para pagar la parte que corresponde de la cuenta. Y si por algún casual prefieres que otro haga el pago por ti, no hay problema: Bizum te lo soluciona.
El servicio se ha popularizado tanto que ha desbancado a otras formas de pago, como trasferencias, que tardan más en llegar, y prácticamente todo el mundo realiza 'bizums' cuando el importe es menor de 500 euros.
No obstante, su uso cuenta también con alguna que otra limitación en cuanto al envío y recibo de dinero. Esto en principio se hace para garantizar la seguridad de los usuarios, tal y como explica la misma página web. Por eso dichas limitaciones están impuestas por la misma aplicación, pero cada entidad bancaria puede marcar las suyas propias. Eso sí, es importante que tengas en cuenta que las condiciones impuestas para el intercambio de dinero entre los particulares no son las mismas que con comercios o con ONGs.
Para empezar, no existe una limitación en cuanto al número de operaciones que un cliente pueda realizar, aunque sí que existe un límite en cuanto al importe de las mismas. En un día tan solo podrás hacer movimientos con valor total de 2000 euros y en un mes un máximo de 5000 euros. Cada usuario podrá recibir un máximo de 60 operaciones, siendo el límite los 2000 euros en un día. También se establecen un mínimo y un máximo para cada envío de dinero: 0,50 euros por lo más bajo y 1000 euros por lo más alto.
Importes máximos y autónomos
Sin embargo, la mayoría de entidades bancarias fijan un importe máximo en cada operación entre particulares en 500 euros y también topan el importe máximo entre particulares al día y al mes, así como el número de operaciones que cada usuario puede realizar al mes.
En el caso de que el receptor del Bizum sea un comercio o empresa -un autónomo-, el Bizum contabiliza como cualquier pago que se realice con tarjeta, por lo que deben tener cuidado si lo reciben en su cuenta personal y tener muy detallados y diferenciados los pagos, por si Hacienda solicita los documentos de origen de los ingresos en una inspección.
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